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Domicilio estatutario:
El domicilio estatutario de la Fundación se fija en Zamora, calle Ramos Carrión, nº 18.
El Patronato podrá acordar el cambio de domicilio estatutario, mediante acuerdo adoptado por mayoría de dos tercios de sus miembros, promoviendo la correspondiente modificación de los Estatutos con las formalidades establecidas en la legislación vigente.
Personalidad jurídica y capacidad de obrar.
La Fundación, tras su inscripción en el Registro de Fundaciones de Castilla y León, ostenta personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar.
Normas reguladoras:
- La Fundación se rige por la voluntad del fundador manifestada en la escritura fundacional, por los estatutos y, en todo caso, por las disposiciones legales vigentes.
- El Patronato queda facultado para interpretar y completar los estatutos, mediante acuerdo adoptado por dos tercios de sus miembros.
Fines y actividades:
- La Fundación tiene por objeto promover la conservación, restauración, protección, investigación y difusión del patrimonio y del legado cultural de la diócesis de Zamora para impulsar su sostenibilidad.
- Para la realización de los fines fundacionales, la Fundación habrá de llevar a cabo las siguientes actividades:
a) La conservación y restauración de cualquier clase de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la diócesis, entendido éste en su acepción más amplia y aunque se conserven fragmentariamente, incluyendo los bienes muebles e inmuebles de interés artístico e histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico, el patrimonio documental bibliográfico, así como las actividades y el Patrimonio Inmaterial de la cultura popular y tradicional.
b) La implantación de nuevas tecnologías en el estudio, conservación y difusión del patrimonio, así como en la consecución de la eficiencia energética.
c) La difusión de los valores históricos y artísticos que encierra el patrimonio cultural de la diócesis mediante la promoción, organización y realización de actividades culturales.
d) La promoción del patrimonio cultural de la diócesis como producto turístico de excelencia.
e) La divulgación a nivel nacional e internacional de actividades mediante el intercambio de publicaciones, investigaciones y estudios realizados por la Fundación en el desarrollo de sus fines y mediante su edición en todo tipo de soporte especialmente en contenidos digitales.
f) La colaboración con entidades universitarias y culturales de ámbito nacional e internacional en relación con la divulgación del patrimonio cultural y en defensa del patrimonio de la Iglesia católica.
g) La concesión de becas o promoción y realización de toda clase de estudios, proyectos o investigaciones que se juzguen de interés para el conocimiento, la protección, la puesta en valor o la difusión del patrimonio cultural de la diócesis de Zamora.
h) La organización de actividades y campañas que tengan como objetivo la concienciación social sobre la importancia del patrimonio cultural de la Iglesia católica y que promuevan la colaboración ciudadana con su conservación, restauración y difusión.
i) La colaboración con el sector privado empresarial para la realización de proyectos conjuntos.
j) La colaboración con las distintas Administraciones Públicas para la realización de proyectos conjuntos.
k) La realización de actividades mercantiles, incluso industriales, para la obtención de rentas o ingresos destinados a financiar la consecución de los fines fundacionales o a incrementar la dotación fundacional de acuerdo con la legislación aplicable.
l) Cualquiera otra que respetando la voluntad del fundador y a juicio de la mayoría del Patronato complementen o desarrollen las anteriores acciones enumeradas.
El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundación tendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que a juicio de aquel y dentro del cumplimiento de sus fines sean más adecuados o convenientes en cada momento.
Además de las actividades que sean necesarias para el cumplimiento de los fines, la Fundación podrá realizar actividades económicas en las condiciones previstas en la Ley.